Acuerdo con EE. UU.: ¿Guatemala será tercer país seguro? Canciller aclara sobre asilo y refugio

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El Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala ha respondido a las afirmaciones que asociaban al país con el concepto de “tercer país seguro” en el contexto de un reciente pacto con Estados Unidos. Según el canciller, dicho acuerdo no significa que Guatemala deba proporcionar asilo o refugio directo a migrantes detenidos en suelo estadounidense. El convenio, destacó, se enfoca en mecanismos de cooperación migratoria bajo ciertas condiciones humanitarias y considerando las capacidades del país.

El anuncio se emitió después de que se revelara que Guatemala suscribió un memorando de entendimiento con Estados Unidos, comprometiéndose a acoger a algunos migrantes clasificados como especialmente vulnerables. Sin embargo, las autoridades guatemaltecas subrayaron claramente que este acuerdo no implica asumir responsabilidades comparables a las de un país que, de manera formal, funciona como un receptor adicional de personas que procuran asilo en EE. UU.

En palabras del jefe de la diplomacia guatemalteca, se trata de una colaboración dirigida a brindar apoyo temporal a poblaciones específicas, como mujeres embarazadas, niños no acompañados, personas con enfermedades graves o víctimas de trata. El gobierno explicó que se trata de una acción puntual, con criterios humanitarios, y bajo plena coordinación con organismos internacionales como ACNUR y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Asimismo, se indicó que los migrantes que eventualmente lleguen a Guatemala bajo este esquema no permanecerán de forma indefinida, sino que serán sujetos a procesos de atención y protección que contemplen opciones como la reunificación familiar, el traslado a terceros países o el retorno asistido. La medida, por tanto, no busca establecer un sistema de refugio permanente, ni impone a Guatemala el rol de destino final para quienes soliciten asilo en Estados Unidos.

Desde el Ministerio de Relaciones Exteriores se subrayó que la nación carece de la infraestructura y los recursos necesarios para enfrentar un flujo migratorio de gran magnitud, y que cualquier medida de esta naturaleza será considerada respetando la soberanía nacional, la capacidad institucional y los acuerdos internacionales actuales. Las autoridades señalaron que el pacto está más enfocado en una colaboración técnica y de ayuda humanitaria, en lugar de una reforma de su política migratoria.

El tema ha generado reacciones divididas dentro del país. Diversos sectores sociales han expresado inquietud ante la posibilidad de que se repliquen esquemas aplicados en otros países de la región que han sido presionados para albergar migrantes bajo políticas migratorias restrictivas implementadas por Estados Unidos. Organizaciones de derechos humanos han pedido mayor transparencia sobre los términos del acuerdo, y han advertido sobre los riesgos de criminalización, desprotección y hacinamiento en albergues si no se garantiza una atención adecuada.

En contraste, los funcionarios de Guatemala subrayaron la importancia de sostener una comunicación continua con Estados Unidos en temas migratorios, considerando la cantidad significativa de compatriotas que buscan arribar a esa nación anualmente, y la relevancia estratégica de las remesas para la economía del país. Enfatizaron que cualquier iniciativa de colaboración necesitará soporte técnico y financiero, junto con la asistencia de agencias internacionales especializadas.

El Ejecutivo también informó sobre la formación de una comisión interinstitucional para supervisar el desarrollo del convenio y coordinar la asistencia a los migrantes que puedan ingresar al país de esta manera. Se espera que este grupo incluya a delegados de los ministerios de Relaciones Exteriores, Gobernación, Salud y Bienestar Social, así como a organismos internacionales de cooperación y representantes de la sociedad civil.

En este contexto, Guatemala reafirma su postura de respeto a los derechos humanos y su compromiso con una migración ordenada y segura, al tiempo que establece límites claros sobre sus responsabilidades ante acuerdos internacionales, evitando que se le imponga el rol de receptor estructural de solicitudes de asilo ajenas a su jurisdicción original.